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Veda de otoño para merluza en la Zona Común de Pesca

Regirá desde el 1° de abril en el sector comprendido por: 35°00’S – 52°27’; 35°07’S – 52°10’W; 37°38’S – 54°56’W; y 37°38’S – 55°51’W. Sólo se habilitará en ese sector la captura de especies pelágicas en horas diurnas.

La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo fijó mediante la Resolución 2/13, publicada hoy en el Boletín Oficial, la veda de otoño para merluza.

La medida regirá desde el próximo 1° de abril y hasta el 30 de junio inclusive en un sector de la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya.

Concretamente en el área comprendida por 35°00’S – 52°27’; 35°07’S – 52°10’W; 37°38’S – 54°56’W; y 37°38’S – 55°51’W.

Allí estará prohibido el arrastre. Sólo quedará autorizada la captura de especies pelágicas en horario diurno.

Los científicos de ambos países comprobaron, según apunta la normativa, que se trata de una zona donde se concentran juveniles de la especie.

La situación biológica de la hubbsi en la ZCP, se sabe, es crítica. Hasta aquí este tipo de medidas no han permitido recuperar el stock.

Durante el año pasado los desembarques de merluza provenientes del área sólo alcanzaron las 723 toneladas en puertos locales. La cifra marcó un retroceso del 77,6 por ciento respecto a 2011

 

Fuente: www.pescare.com.ar